La Directora de la Escuela Secundaria N°3 denunció al vicepresidente del Consejo Escolar de Ramallo, Fabián Idiart, por violencia de género y pidió una medida de restricción hacia su persona. La denuncia fue radicada en la Comisaria de la Mujer y la Familia de Ramallo, el pasado viernes 5 de abril, en horas del mediodía.
En el texto de la denuncia, la Directora del establecimiento educativo, Nieves Charovsky, habría denunciado los inconvenientes en la calidad del agua, ya que se ha encontrado el suministro infectado por palomas muertas, plumas, bacterias, por lo cual se encuentra suspendido el consumo de agua. Ante este hecho, desde la escuela se decidió llamar a un bioquímico para que corrobore el estado del agua. Este proceder genero la furia de Idiart, quien se hizo presente en la escuela e impidió que el trabajo de toma de muestras de agua, por parte del bioquímico, se continúe realizando.
Este hecho produjo un intercambio de palabras entre Idiart y el directivo, que fue subiendo de tono. Enojado y elevando la voz, el vicepresidente del Consejo Escolar comenzó a maltratar a la docente, ante la presencia del bioquímico, los niños y las porteras que se encontraban en el lugar.
Desde la institución realizaron la denuncia correspondiente ante el Consejo Escolar, Jefatura Distrital y evalúan presentarla ante la Dirección General de Cultura y Educación.
La denunciante sostiene que no es la primera vez que Fabián Idiart maltrata verbalmente y abusa de su autoridad, en el mes de agoste del 2018, se dio una situación similar, cuando en la escuela había un escape de gas y el funcionario, entre insultos y amenazas, quiso obligar la continuidad de las clases, aun ante el peligroso escenario presentado para los alumnos y docentes.
La denuncia quedo radicada bajo lo dispuesto en la Ley 26.485 de “protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales”, y la denunciante solicito la medida cautelar urgente, según establece el Articulo 26, Inciso A1 y A2, que dispone la prohibición de acercamiento.