El caso ocurrio en Rosario, allí la Justicia falló a favor de un usuario que demandó a la empresa Volkswagen por aumentos desmedidos en su plan de ahorro. Según el juez de la causa hubo cláusulas abusivas de parte de la empresa y ordenó el reintegro de los cobros indebidos.
El hombre suscribió hace cinco años un plan de 84 cuotas para adquirir un Gold Trend. El incoveniente se suscitó en la cuota 28 cuando desde la firma comenzaron a debitarleconceptos que no habían sido autorizados ni informados.
Tiempo después, recibió una nota de Volkswagen SA de Ahorro para Fines Determinados por la que le informaban que a causa de cambios macroeconómicos el valor de los vehículos a nivel nacional se habían incrementado. Le comunicaron, a la vez, que habían dispuesto un esquema de diferimiento por 6 meses consecutivos del 8% que se aplicaría sobre la alícuota vigente.
El usuario se cansó y decidió llevar el caso a la justicia por lo que intimó al cese inmediato del débito mensual y al reintegro de las sumas correspondientes a otros débitos varios.
El juez en lo civil y comercial Carlos Cadierno sostuvo en su resolución que la ley tiene por objeto la defensa del consumidor o usuario, asegurando la plenitud de sus facultades de información, eleción y exigencia. Y le dio la razón al consumidor.
Según el magistrado, la conducta desplegada por la empresa es claramente violatoria al deber de información. Y que tanto el Código Civil y Comercial de la Nación como el artículo 4° de la Ley de Defensa al Consumidor establece que “el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización”.
El juez determinó que la firma no cumplió con el deber de información correspondiente a su cargo y modificó de manera unilateral las cláusulas y que esto supuso una conducta abusiva para con el cliente.
Por ende, Cadierno declaró la falta de información suficiente con la correspondiente inclusión de cláusulas abusivas que impusieron el aumento unilateral del precio. Además, ordenó el reintegro de los cobros indebidos.
Fuente: ViaRosario