De acuerdo a lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional el 20 de mayo de 2021 en cuanto a las restricciones vinculadas a la situación sanitaria para los territorios categorizados como de “alto riesgo” epidemiológica, y teniendo en cuenta que el Gobierno Provincial adhirió a éstas colocando al Partido de Ramallo en la mencionada categoría (según la Resolución 1827/21), el gobierno municipal dictó el decreto 383/21 estableciendo las siguientes medidas:
– Se suspenden a las actividades sociales, educativas, religiosas, deportivas, culturales, familiares, gastronómicas y turísticas de modalidad presencial.
– Entre las 6 y las 18 horas, se podrá circular y realizar actividades de esparcimiento como caminata, trote y/o ciclismo. Quienes cuenten con permiso al ser personal esencial, podrán transitar sin restricciones.
– Los comercios podrán desarrollar sus actividades en el horario de 6 a 18 horas: los esenciales, con atención al público dentro del establecimiento; los no-esenciales, solo bajo la modalidad de entrega a domicilio y/o para llevar.
– Por otra parte, la actividad gastronómica solo podrá funcionar bajo la modalidad de entrega a domicilio y/o para llevar en el horario de 6 a 23 horas.
Estas restricciones comenzarán a regir a partir de las 0 horas de este sábado 22 de mayo hasta el 30 de mayo inclusive.