Este martes 18 de agosto, se firmó el decreto 470/20 que establece la suspensión de actividades cumpliendo con la Fase 4 establecida por la Provincia de Buenos Aires en el Partido de Ramallo.
Las actividades suspendidas hasta el 30 de agosto son: natación; clases y talleres de música; patín; tejo y bochas; entrenamiento en equipo; clases de ritmos (zumba, danza en contacto y yoga al aire libre); fútbol tenis; talleres de arte; estudios de grabación; talleres literarios; gimnasios al aire libre y pilates; atletismo; pesca recreativa y motociclismo deportivo; tenis, paddle y pelota paleta; actividades recreativas y deportivas náuticas; iglesias y templos; locutorios y ciber; y reuniones familiares.
Con esta medida se busca evitar la propagación del virus Covid-19 en nuestra comunidad, y ante el incumplimiento de lo establecido se aplicará lo dispuesto en el régimen de Faltas Municipal regulado mediante la ordenanza 191/85, que prevé multas y/o clausura de hasta diez (10) días.
Las demás actividades que habían sido exceptuadas y no se encuentran en la lista de arriba, continúan exceptuadas. Tales como las caminatas, trotes y ciclismo.