Lo haría en carácter de intendente y ciudadano ante la fiscalía federal por el estado del puente de ruta nacional 9, contra la empresa del sector público CORREDORES VIALES S.A., la Dirección de Vialidad Nacional y el Estado Nacional.
En la presentación judicial se pide que se condene a realizar las acciones que sean necesarias en el puente y bajadas o accesos del cruce de la Ruta Nacional N° 9 y la Ruta Provincial N° 51, partido de Ramallo.
Asimismo peticiona que se dicte una medida cautelar por la que se ordene de a la Dirección de Vialidad Nacional o en su defecto a la empresa Corredores Viales SA, inicie a la más absoluta brevedad ( cinco días) con personal propio o contratado especialmente al trabajo de bacheo generalizado, repavimentación en el puente y accesos a de la Ruta Nacional N° 9ª la altura del Km. 205 acceso a Ramallo, como así también el mantenimiento preventivo de que permita el tránsito sin riesgos para las personas y sus bienes.
El puente de ruta nacional 9 que permite el acceso a Ramallo es de jurisdicción nacional, por lo tanto, el municipio no puede intervenir ya que no es de su competencia, con lo que su intervención puede devenir en un delito.
Ya son varias las acciones realizadas desde distintos ámbitos, por ejemplo, desde el Concejo Deliberante se realizaron 7 resoluciones pidiendo por la reparación del acceso y desde el ejecutivo fueron enviadas 3 cartas documentos sin respuesta