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Cuestionamiento de UPVA

En virtud de las últimas declaraciones mediáticas en las cuales el intendente Mauro Poletti se ha referido a nuestra organización y puntualmente a la problemática del Tonelero, creemos necesario refutar ciertas inexactitudes sobre la cuestión, que desconocemos si fueron enunciadas en un marco de ignorancia, de abierta mentira o de disimulada complicidad.

 En primer lugar debemos mencionar que desde el Municipio, la estrategia comunicacional dejó de ser las fuentes de trabajo presuntamente generadas, las cuales antes anunciaban a bombo y platillo, cosa que quizás se produzca porque en los cálculos finales no resultan tantas. Recordemos la célebre conferencia de prensa en la cual el Intendente aparece al lado del empresario beneficiado por el puerto, Guillermo Misiano, donde ninguno de los dos alcanza a precisar cuántos serán los puestos de trabajo efectivos. Desde UPVA siempre hemos advertido que por el alto grado de automatización que caracteriza a este tipo de emprendimientos, los trabajos definitivos son alrededor de una decena, que en ningún caso justifica este sacrificio, los costos ambientales y los daños producidos a la salud, que pagaremos entre todos durante generaciones.

 Atendiendo a las excusas legales bajo las cuales Poletti intenta escudarse, cabe destacar que un eventual juicio por daños y perjuicios contra el Municipio, es imposible, ya que la concesión que se otorgó en terrenos del Tonelero, es absolutamente invalida y los empresarios que la suscribieron eran conocedores de esa invalidez, ya que se trataba de zona rural no industrial, y en la celebración de todo contrato debe primar la buena fe y diligencia de ambos contratantes, esto invalida la posibilidad de reclamar por daños. Además para realizar una concesión, primero debe realizarse los procesos de licitación y de audiencia pública, pasos que en beneficio de la empresa PTP Group han sido convenientemente omitidos.

 El intendente se anima a insinuar el costo hipotético de un juicio contra la Municipalidad, aun cuando para conocer el monto, primero tiene que existir una sentencia judicial (VER NOTA AL FINAL).  Este dato arrojado al azar busca generar un impacto social que se encuentra totalmente alejado de la realidad legal.

 La preguntas que nos surgen son:

 ¿El Int. Poletti no detectó ninguna irregularidad en el obrar del ex intendente Walter Santalla? Son muchísimas las que cometió

¿Por qué el Int. Poletti no denuncia esas notorias irregularidades?

¿La mencionada concesión también lo obligaba a sacarse fotos en las obras y a dar conferencias de prensa junto a los empresarios beneficiados?

¿Pretende cumplir con el dicho de que entre bomberos no se pisan la manguera?

En definitiva Poletti no se encontró con este escenario, sino que se convirtió en actor principal de la opereta, sólo que, a diferencia de la gestión anterior que se hacía cargo del proyecto, intenta desligarse de las responsabilidades que su puesto le confiere. No podemos menos que sentirnos alarmados, al saber que el máximo representante municipal se encuentra más preocupado por garantizar la rentabilidad de los empresarios amigos, que la salud de todo un pueblo, demostrando que en su pensamiento funciona únicamente con la ecuación de que algo da “más o menos dinero”. Para que nos dejen de mentir en la cara y para defender los derechos que los empresarios y nuestros funcionarios están avasallando, convocamos a la comunidad a la jornada de Protesta y Vigilia “24 Horas por el Tonelero” a realizarse el próximo Domingo desde las 15 hs frente a la Municipalidad de Ramallo.

 NOTA:

 Por si el mismo Intendente Mauro Poletti y sus asesores legales lo ignoran, las herramientas legales con las que cuentan para rechazar el proyecto de puerto son la Constitución Nacional en su Art. 41, la Constitución Provincial en su Art. 28, la Ley Nacional del Ambiente n°. 25.675, la  Ley Provincial n° 11.723, el Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo Dec. 8912/77, etc. y para demostrar la responsabilidad de Santalla por la firma de la concesión es de fundamental importancia invocar la Ley Orgánica de Municipalidades, o sea el Decreto-Ley 6769/58, cuyo art. 241 señala: Esta ley establece el principio de responsabilidad de los funcionarios municipales por todo acto que autoricen, ejecuten o dejen de ejecutar excediéndose en el uso de sus facultades o infringiendo los deberes que les conciernen en razón de sus cargos.

Comunicado de prensa de la Asociacion Civil UPVA “Unidos por la vida y el medio ambiente “

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