El pedido de aumento de la empresa Vercelli hnos en la línea 500, que une Ramallo con Villa Ramallo, además de traer indignación en los usuarios, que ven como un monopolio intenta licuar cada vez más sus bolsillos, trajo un dime y direte entre el concejal Cristian Mansilla y el intendente municipal, Ariel Santalla. ”Un concejal no puede ni debe desconocer las normas legales sancionadas por ese Cuerpo y mucho menos responsabilizar a otros de cosas que no sucedieron, salvo que se actué de mala fe” dijo Santalla haciendo alusión al edil del Frente Para la Victoria.
Ante una entrevista que Ramallo Informa le realizó al edil opositor Cristian Mansilla sobre el pedido de aumento de la empresa Vercelli en la línea 500 y la aseveración de este último planteando que al intendente le resultó más fácil darle la concesión a esta empresa que llamar a licitación nacional, el intendente de Ramallo no tardó en contestar y mediante la siguiente carta hacía nuestro medio hizo algunas aclaraciones:
“Por intermedio de la presente, me dirijo a Ud. en relación a la Nota aparecida en el Portal de Noticias Ramallo Informa, que lleva por título: “FUE MUCHO MÁS FÁCIL PARA ÉL DÁRSELA A ESTA EMPRESA VERCELLI”, en la cual el Concejal Cristian MANSILLA, analizando el pedido de aumento tarifario del Transporte Público de Pasajeros efectuado por la Empresa prestataria del servicio actualmente en tratamiento en el Honorable Concejo Deliberante realiza algunas consideraciones por lo menos erróneas respecto del proceso de adjudicación de la concesión a la empresa en cuestión.
A saber:
1. La empresa no se vio beneficiada por ninguna adjudicación directa de quien suscribe la presente, simplemente porque no está dentro de las facultades del Intendente Municipal.
2. No es cierto que no haya habido una licitación, muy por el contrario hubo una Licitación Pública Nacional, cuyo pliego de bases v condiciones fue aprobado mediante Ordenanza N° 4871/13, POR UNANIMIDAD.
3. Mediante Licitación Pública Nacional N° 02/14 se procedió a realizar el llamado a licitación en el marco de los tiempos y formalidades establecidos en la LOM para este tipo de licitaciones, registrándose una única oferta correspondiente a la Empresa de Colectivos Ramallo SRL – Línea 500.
4. Sabido es que cada vez que en una Licitación Pública o Privada se produce una única oferta, la misma debe ser analizada y convalidada o no, por el HCD de Ramallo, que es el órgano facultado para hacerlo.
5. El HCD de Ramallo, mediante Ordenanza N° 4908/14, convalidó la oferta única, autorizando al DEM a efectuar la adjudicación. Curioso, POR UNANIMIDAD.
Entendiendo la poco cómoda situación del Concejal MANSILLA y del resto de los Concejales, que tienen en sus manos la difícil misión de arbitrar entre las aspiraciones empresariales y cuidar al mismo tiempo los intereses de los usuarios de dichos servicios, hago llegar estas aclaraciones al solo efecto de evitar que el debate respecto de esta cuestión de por si compleja se contamine con informaciones falsas que parecieran pretenden liberarse de responsabilidades depositándolas en otros.
Lo anterior resulta grave por donde se lo mire, toda vez que un concejal no puede ni debe desconocer las normas legales sancionadas por ese Cuerpo y mucho menos responsabilizar a otros de cosas que no sucedieron, salvo que se actué de mala fe.
Sin otro particular, me despido de Ud. con la expresión de mi más sincera estima.”
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