En un fallo histórico, la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Buenos Aires ha emitido una decisión unánime que ordena el cese de las operaciones de Prochem Bio S.A., una empresa de agroquímicos ubicada en el Parque Industrial COMIRSA en Ramallo. El dictamen a favor de la Asociación Civil “Foro Medio Ambiental San Nicolás” (FOMEA) llega después de un prolongado litigio que se extendió durante 8 años.
La Corte Suprema identificó que las actividades de la planta de agroquímicos de Prochem Bio S.A. representan un riesgo significativo para la seguridad, la salud y el medio ambiente. Operando sin los permisos ambientales necesarios otorgados por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Autoridad del Agua, la empresa ha estado funcionando sin las debidas regulaciones.
La acción legal presentada por FOMEA en 2015 fue el catalizador de esta histórica decisión. La organización denunció los efectos negativos de la contaminación generada por Prochem Bio, que ha estado liberando efluentes contaminantes en el Arroyo Ramallo, impactando directamente en el Río Paraná y provocando incidentes como derrames y explosiones.
El fallo de la Corte Suprema no solo implica la suspensión inmediata de la actividad de Prochem Bio, sino que también enfatiza la importancia de la prevención del daño ambiental. Además, introduce un requisito para la obtención o renovación del Certificado de Aptitud Ambiental, que implica la inclusión de procedimientos que permitan la participación ciudadana y la celebración de audiencias públicas.
Este fallo ha sido celebrado por FOMEA como una victoria en su lucha por el medio ambiente. Sin embargo, la organización también espera que la justicia penal actúe pronto respecto al daño ambiental causado por Prochem Bio y sus productos químicos agrícolas. Estos aspectos son respaldados por hallazgos de una pericia realizada por el CIM – UNLP.
En respuesta a la decisión de la Corte Suprema, Prochem Bio presentó una apelación que fue desestimada. Además, se le impusieron las costas del juicio y se ordenó la suspensión de la producción hasta que la empresa presente los certificados de aptitud ambiental y las certificaciones necesarias de la Autoridad del Agua y el OPDS (Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible). Estos entes también serán responsables de supervisar y reportar el cumplimiento riguroso de la resolución de suspensión.
Este fallo marca un hito en la protección del medio ambiente y en el papel activo de la ciudadanía en la toma de decisiones que afectan a la naturaleza y a la comunidad en general.
La sentencia la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Buenos Aires
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