La Justicia ordenó suspender la ordenanza que prohibía el uso de pirotecnia en la ciudad bonaerense y se suma, así, a las sentencias que declararon inconstitucionales la prohibición ante una demanda que inició la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (Caefa).
La “pirotecnia cero” está cada vez más lejos. Es que la Justicia volvió a fallar a favor de la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA), en esta oportunidad, en el municipio de Pinamar donde ordenó suspender la ordenanza que prohibía la pirotecnia.
Al inclinarse por la demanda de CAEFA, el fallo se suma a las sentencias que declararon inconstitucionales este tipo de normas en distintos puntos del país.
La sentencia sigue el camino trazado por la Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, que declaró inconstitucional la ordenanza de General Alvarado (Miramar); de la Justicia de San Juan, que hizo lo mismo con las normas de los municipios de Rivadavia y Santa Lucía, las medidas judiciales que anularon las prohibiciones en Quilmes, Magdalena y Chascomús, y por los municipios bonaerenses de Las Flores y Florencio Varela, que derogaron sus prohibiciones.
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