La Suprema Corte de Justicia ha dictaminado que se prohíba el cruce de vehículos a las islas de “Barranquitas” y al Arenal. Esta decisión surge como resultado de la presentación realizada por el abogado Fabián Maggi, en representación de la organización ambientalista FOMEA, y el Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires. La resolución, que entrará en vigencia de manera inmediata una vez que el municipio reciba la notificación oficial.
El fallo de la Suprema Corte se basa en la consideración de la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la Ordenanza Municipal N° 9949, conocida como “Código Urbano Ambiental de San Nicolás”. En particular, el artículo II establece la clausura de las obras en los lugares afectados por la resolución, lo que incluye los puentes de acceso vehicular a las zonas insulares y los caminos que conducen a las playas de “Barranquitas” y “El Arenal”.
La aplicación de esta medida se espera que comience a partir del próximo lunes, una vez que el municipio sea notificado oficialmente. A partir de entonces, solo se permitirá el acceso peatonal a las islas, tanto a pie como en bicicleta. Esta decisión busca preservar el entorno natural y garantizar la protección ambiental de las islas, evitando la contaminación y el deterioro causados por el tráfico vehicular
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