El pasado 28 de octubre, la empresa MercadoPago informó acerca de unos cargos que se empezarán a cobrar, a partir del 2 de noviembre, al momento de realizar transferencias de dinero desde la plataforma. Esta medida generó confusión entre los usuarios. Pero estos nuevos cargos no se aplicarán a todas las transferencias realizadas desde MercadoPago. Te contamos todos los detalles y despejamos tus dudas.
El anuncio oficial de MercadoPago acerca de los nuevos impuestos a aplicarse en transferencias bancarias generó revuelo entre los usuarios, debido a que la información no se difundió de forma totalmente clara. Debido a esto, la empresa aclaró, con posterioridad, que de ninguna forma se trata de un “impuesto nuevo”, sino que simplemente se comenzará a aplicar, desde el 2 de noviembre de 2020, los cargos impositivos de transferencias bancarias ya existentes hace años. Se trata del régimen impositivo de “débitos y créditos”, también conocido como “impuesto al cheque”, y existe desde 2001 en la Argentina.
Este impuesto a los débitos y créditos se aplica a los movimientos bancarios que realizan las personas y las empresas, con excepción de los créditos en cajas de ahorro. MercadoPago, por su condición de billetera virtual, no aplicaba al cobro de este impuesto a los débitos y créditos bancarios. Sin embargo, desde hace unos días, la empresa oficializó un nuevo centro de transferencias que permitirá enviar dinero a cuentas digitales y también cuentas bancarias, propias y de terceros. Estas últimas estarán alcanzadas por el impuesto a los débitos y créditos bancarios, y por ese motivo MercadoPago estará obligado a cobrarlo.
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MercadoPago: impuestos en transferencias CBU y CVU
La implementación del centro de transferencias propio de MercadoPago obligó a la empresa a comenzar a cobrar el impuesto al cheque, pero solamente si en la transacción hay una CBU involucrada.
Existen, en la actualidad, dos tipos principales de cuentas para gestionar dinero: CBU y CVU.
-CBU significa Clave Bancaria Uniforme. Es un código de 22 números que identifica a cada cuenta bancaria.
-CVU significa Clave Virtual Uniforme. Identifica a una cuenta virtual perteneciente a una plataforma no bancaria como, por ejemplo, las billeteras virtuales. MercadoPago es una de ellas.
Entonces, a partir del nuevo centro de transferencias de MercadoPago, la plataforma cobrará el impuesto a los débitos y créditos desde el 2 de noviembre, en las siguientes situaciones:
- Si transferís desde tu cuenta de Mercado Pago (CVU) a una cuenta bancaria de terceros (CBU), se te cobrará el impuesto.
- Si transferís desde tu cuenta de MercadoPago a la cuenta de MercadoPago de un tercero, no se te cobrará ningún impuesto.
- Si transferís desde tu cuenta de MercadoPago a una cuenta bancaria propia, es decir, de la misma titularidad, tampoco se te cobrará el impuesto.
Mercado Pago: ¿qué porcentaje cobrará AFIP por las transferencias a cuentas bancarias?
Desde el 2 de noviembre, AFIP cobrará los siguientes impuestos sobre las transferencias realizadas desde una cuenta de MercadoPago hacia una cuenta bancaria de terceros:
1: Para Monotributistas, el impuesto será de un 0,5% sobre el monto que transfieran.
2: Para personas y empresas, el impuesto será de un 1,2% sobre el monto que transfieran.
Según MercadoPago, el impuesto se cobrará en el acto, al momento de realizar la transferencia. Se debitará ese porcentaje de la cuenta del usuario que realice la transferencia.
Para que se te debite el impuesto de forma correcta, es importante que estés inscripto en MercadoPago con tu condición fiscal. ¡No dudes en asesorarte con profesionales contables!
Fuente: Calim