Extienden la inscripción a Programa de Sostenimiento para actividades afectadas por la pandemia

Por Editor 21







El Gobierno bonaerense extendió hasta el 10 de noviembre la inscripción al Programa de Sostenimiento Económico para actividades afectadas por la pandemia, que distribuye $2.000 millones en aportes no reembolsables destinados al apoyo a unidades productivas micro y pequeñas y monotributistas.

El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense informó que se trata de un fondo provincial que reparte $2.000 millones como aportes no reembolsables de carácter extraordinario, destinados a apoyar a unidades productivas micro y pequeñas de actividades que resultaron especialmente afectadas por la pandemia.

Del monto total de $2.000 millones con los que cuenta el PSE, la provincia ya lleva ejecutados más de $267 millones, detalló un comunicado.

Entre las actividades incluidas, están Servicio de Transporte escolar y otros; Comercio minorista de indumentaria, calzado y ventas en general; Gastronomía y Bares; Salones de baile, fiestas y boliches; Guarderías y jardines maternales; Servicios especializados, como fotografía, fotocopias, ventas de entradas, peluquería, entre otros; Servicios vinculados a prácticas deportivas y explotación de instalaciones; y elaboración de cerveza.

Para ser beneficiario las unidades productivas deben ser micro o pequeñas y su actividad principal debe estar incluida en el listado de actividades del programa.

La fecha de inicio de actividad debe ser anterior al 31 de marzo de 2020 y serán elegibles aquellas unidades productivas cuyos ingresos hayan caído en el año pasado en comparación con 2019 o hayan aumentado hasta un 10%.

También se pide que estén inscriptas en Buenos Aires ActiBA y que no hayan recibido otros beneficios dinerarios de similares características y por el mismo objeto, otorgado por cualquier otra jurisdicción nacional o provincial.

Otro requisito es que a la fecha de corte del 18 de junio último estén al día con las Declaraciones Juradas de Ingresos Brutos mensuales de 2019 y 2020 y si se encuentra alcanzada por alguna norma que la exima de la presentación de Declaraciones Juradas de Impuesto a los Ingresos Brutos mensuales, no le será exigible este requisito a los fines de acceder al PSE.

Dentro de estas exenciones se encuentran los beneficiarios de La Ley Provincial N° 13.136 de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS).

Quienes quieran ser beneficiarios del subsidio, deberán inscribirse en la página web https://portal.gba.gob.ar/web/portal/11214/tramite

Télam





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