robo celular
Policía Ramallo Segunda: Robo esclarecido; allanamiento, aprehensión y secuestro
En la Estación de Policía Comunal de Villa Ramallo, un hombre denunció el robo de su teléfono celular mientras se encontraba en la cancha «Futbol Dusso». La Ayudantía Fiscal de Ramallo, del Departamento Judicial de San Nicolás, intervino en el caso y el personal de Gabinete Técnico Operativo logró establecer la autoría del hecho por parte de un sujeto mayor de edad.
Después de solicitar una orden de allanamiento al magistrado de intervención, el personal actuante ejecutó la diligencia en un domicilio en Bonfiglio N° 389, pero el resultado fue negativo en cuanto a la localización del celular sustraído. Posteriormente, se realizó un allanamiento en urgencia en un domicilio en Obligado esquina Bolívar de Ramallo, donde se encontró el teléfono celular sustraído y se procedió al secuestro.
Los dos hombres mayores de edad involucrados en el caso fueron aprehendidos y notificados de la formación de causa normada en el artículo 60 del C.P.P. por los delitos de hurto y encubrimiento. Se les concedió la postulación de libertad a ambos por aplicación del artículo 161 CPP y se ordenó la restitución del teléfono celular al propietario.
El dia de ayer 17 de agosto a raíz de una denuncia recepcionada en sede policial de fecha 10/08/22, en la que masculino mayor de edad denuncia sustracción de su teléfono celular, y tras tareas investigativas de GTO Villa Ramallo, se diligencia junto a personal de esta, DDI Ramallo y CPR Ramallo, Orden de Allanamiento, otorgada por Juzgado de Garantías Nro. 2 de San Nicolas, en domicilio de calle Santiago del Estero al 600 de este medio; donde residen dos masculinos de 25 y 52 años, Arrojando resultado negativo en cuanto secuestro telefonía celular. Y positivo en cuanto a secuestro de un total de 21 plantines de cannavis sativa, 8 envoltorios marihuana y 3 trozos de misma sustancia, con un peso de 200 gr aproximadamente. Resultancias: Titular UFI 14 duspone aprehensión de los moradores por el delito de Inf. Ley 23.737 Tenencia Simple, posterior traslado día 18 del cte. a primer audiencia fines regularizar su situación procesal.
