Requisitos y Procedimientos para Establecimientos Nocturnos en Ramallo según Decreto Provincial

Por majo

La Municipalidad de Ramallo emite un comunicado informando sobre los requisitos y procedimientos que deben cumplir los establecimientos nocturnos, en concordancia con el Decreto Provincial N° 12/05 del Poder Ejecutivo. A continuación, se detallan los aspectos clave de la normativa:

Medidas de Seguridad: Los locales, como confiterías bailables, discotecas, salas de baile, entre otros, tanto en espacios cerrados como al aire libre, deben asegurarse de contar con las medidas de seguridad contra siniestros establecidas por el Ministerio de Seguridad. Esto incluye la exhibición visible de la constancia vigente de las medidas de seguridad durante las inspecciones, que serán realizadas por la Dirección de Bomberos al menos cada seis meses.

Eventos al Aire Libre: Cualquier evento, recital o manifestación artística que se desarrolle al aire libre, de manera esporádica o no, debe contar con el asesoramiento técnico y final de obra contra incendio. Para gestionar este trámite, se debe presentar en el Cuartel, Delegación y/o Servicio Jurisdiccional correspondiente con una antelación mínima de 15 días al evento, con la documentación requerida.

Registro de Actividades Nocturnas (RAM): Los establecimientos deben solicitar el permiso denominado RAM (Registro de Actividades Nocturnas) ante el REBA (Registro Provincial de Comercialización de Bebidas Alcohólicas).

Asesoramiento Técnico y Final de Obra: Para gestionar el trámite de asesoramiento técnico y final de obra contra incendio, se debe acudir al Cuartel, Delegación y/o Servicio Jurisdiccional correspondiente.

Dudas y Consultas: Ante cualquier duda, se invita a dirigirse al área de Seguridad e Higiene.

Estas medidas buscan garantizar la seguridad y cumplimiento de normativas en los establecimientos nocturnos de Ramallo, contribuyendo al bienestar de la comunidad y al desarrollo de eventos de manera segura y regulada.





Te podría interesar

Don`t copy text!